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Comercial

Contrato de Prestación de Servicios Profesionales

Formaliza la prestación de servicios independientes entre un profesionista (persona física o moral) y un cliente. Es fundamental para acreditar que NO existe relación laboral, evitando contingencias de IMSS e INFONAVIT.

Cuándo usarlo

Cuando se contrata a un contador, diseñador, programador, consultor, abogado o cualquier prestador externo que no será empleado de planta. Debe complementarse con evidencia de independencia real (horario libre, uso de sus propios recursos, etc.).

Riesgo de no tenerlo

Sin contrato, el SAT o el IMSS pueden reclasificar la relación como laboral, generando adeudos de cuotas patronales, multas y recargos. Además, sin contrato es imposible exigir entregables o cobrar penalizaciones.

⚠️ Información orientativa — confírmala en tu fuente oficial

Esto es información educativa y orientativa del marco mexicano. Los requisitos cambian por municipio, estado y giro. No sustituye la asesoría de un abogado, contador o autoridad. Consulta y confirma siempre en la oficina oficial de tu municipio antes de tramitar o firmar. Salvadorex te orienta y organiza — la decisión final la tomas con tu autoridad o profesional.

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Datos de las partes

Objeto y condiciones

Montos y porcentajes

Fechas y plazos

Lugar y jurisdicción

S

SalvadoreX

Documento generado en SalvadoreX

FOLIO
SVX-CSP-0001

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES

En la ciudad de Ciudad, a Fecha firma, comparecen por una parte Nombre cliente, con R.F.C. RFC cliente, con domicilio en Domicilio cliente, representado por Representante cliente, a quien en lo sucesivo se denominará "EL CLIENTE"; y por la otra parte Nombre prestador, con R.F.C. RFC prestador, con domicilio en Domicilio prestador, a quien en lo sucesivo se denominará "EL PRESTADOR"; quienes celebran el presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales al tenor de las siguientes:

DECLARACIONES

I. EL CLIENTE declara: (a) ser una persona física o moral legalmente constituida; (b) que requiere los servicios profesionales que se describen en este contrato; (c) que el representante que suscribe cuenta con facultades suficientes para obligarla.

II. EL PRESTADOR declara: (a) contar con la capacitación, experiencia y recursos propios para prestar los servicios contratados de manera independiente; (b) que la relación que nace de este contrato es de naturaleza CIVIL/MERCANTIL y no laboral, sin que exista subordinación; (c) que emitirá los comprobantes fiscales (CFDI) correspondientes por los servicios prestados.

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO.

EL PRESTADOR se obliga a prestar a EL CLIENTE los servicios profesionales consistentes en: Objeto servicios. Los entregables pactados son: Entregables.

SEGUNDA. VIGENCIA.

El presente contrato iniciará el Fecha inicio servicios y concluirá el Fecha fin servicios, salvo que las partes acuerden por escrito su prórroga o terminación anticipada.

TERCERA. HONORARIOS Y FORMA DE PAGO.

EL CLIENTE pagará a EL PRESTADOR honorarios por la cantidad de $Honorarios totales M.N. (más IVA cuando aplique), mediante Forma pago honorarios, con periodicidad Periodicidad pago honorarios. EL PRESTADOR emitirá CFDI previo a cada pago. El retraso en el pago generará intereses moratorios conforme a lo pactado en la cláusula siguiente.

CUARTA. GASTOS REEMBOLSABLES.

Gastos reembolsables. Los gastos deberán ser previamente autorizados por escrito por EL CLIENTE y acreditados con comprobantes fiscales.

QUINTA. INDEPENDENCIA.

EL PRESTADOR prestará sus servicios con plena autonomía técnica y de horario. No existe subordinación, ni exclusividad (salvo pacto en contrario), ni obligación de EL CLIENTE de pagar prestaciones laborales de ningún tipo. EL PRESTADOR es responsable del pago de sus propias contribuciones fiscales y de seguridad social.

SEXTA. PENALIZACIONES.

En caso de incumplimiento en la entrega de los servicios o entregables pactados por causa imputable a EL PRESTADOR, este pagará a EL CLIENTE una penalización de Penalización incumplimiento. En caso de que EL CLIENTE retrase el pago de honorarios, generará intereses moratorios equivalentes al 2% mensual sobre el saldo insoluto.

SÉPTIMA. CONFIDENCIALIDAD.

EL PRESTADOR se obliga a mantener absoluta reserva sobre la información confidencial de EL CLIENTE que conozca con motivo de este contrato, durante su vigencia y por Duración confidencialidad meses meses posteriores a su terminación. Esta obligación subsiste aunque el contrato se dé por terminado por cualquier causa.

OCTAVA. PROPIEDAD INTELECTUAL.

Todos los entregables, desarrollos, creaciones y obras generadas por EL PRESTADOR en cumplimiento de este contrato serán propiedad exclusiva de EL CLIENTE desde el momento de su creación, quien podrá usar, reproducir, modificar y explotar dichos materiales sin restricción adicional.

NOVENA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.

Cualquiera de las partes podrá dar por terminado anticipadamente este contrato mediante aviso escrito con al menos quince días naturales de anticipación. En caso de terminación anticipada imputable a EL CLIENTE, este pagará a EL PRESTADOR los honorarios proporcionales al avance real de los servicios. En caso de terminación imputable a EL PRESTADOR, aplicarán las penalizaciones de la Cláusula Sexta.

DÉCIMA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.

Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten expresamente a las leyes aplicables de los Estados Unidos Mexicanos y a los tribunales competentes de Ciudad, renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderles.

FIRMAS

Representante cliente

EL CLIENTE

Nombre prestador

EL PRESTADOR

— Documento orientativo. Revíselo con un abogado antes de firmar. SalvadoreX no presta asesoría jurídica. —

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